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Trabajo en la empresa de mi cónyuge

Ayuda de forma regular a su cónyuge en el ejercicio de su actividad profesional.

Desde la promulgación de la ley del 2 de agosto de 2005 en favor de las pequeñas y medianas empresas, el cónyuge que participa regularmente en la actividad de la empresa artesanal, comercial, o de profesional debe, obligatoriamente, escoger un estatuto y declararlo al centro de formalidades de las empresas (CFE). En el caso de las empresas agrícolas, hay que enviar la solicitud de estatuto a la MSA (“Mutua Social Agrícola”).

De esta forma, el cónyuge acumula derechos personales para la jubilación.

Para acceder a una información personalizada según sus regímenes de jubilación,

conéctese a su cuenta de jubilación.

Esta cuenta le permitirá :

  • consultar su información personalizada según sus regímenes de jubilación,
  • acceder a su vida laboral,
  • realizar simulaciones de jubilación en línea.